Los días de asuntos propios o días de libre disposición son días en los que el trabajador puede ausentarse a su puesto de trabajo y, generalmente, se relacionan con ausencias que no tienen que estar justificadas o en las que el trabajador no tiene que solicitarlos para un fin determinado, a diferencia de lo que ocurre con los permisos retribuidos generales del Estatuto de los Trabajadores como puede ser la licencia o permiso por matrimonio, fallecimiento, traslado, etc.
Se entiende que son días que el trabajador, previo aviso y autorización del empresario, puede faltar al puesto de trabajo, sin necesidad de justificación o acreditar la existencia de un hecho o causa concreta.
Puede tratarse de permisos retribuidos o no, en función de lo que establezca la norma que los regule.
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